jueves, 25 de septiembre de 2014

TALLER 3 " DE LA LEY 100 DE 1993 A LA LEY 1122 DE 2007"







JESUS PEREZ PEREZ






Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo






 SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE  “SENA”
REGÍONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNICO EN SERVICIO FARMACEUTICO
ID: 629362
COMPETENCIA EN SALUD OCUPACIONAL
apartado-Antioquia
Junio 2014
1. REGULACION:
Según la ley 1122 de 2007 ¿por quién es remplazado el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud?
Es reemplazado por la Comisión De Regulación En Salud (CRES)
y qué figura obtiene el CNSSS con la nueva normatividad:
El consejo nacional de seguridad social en salud adquiere un carácter de asesor y consultor del ministerio de la protección social y la comisión de regulación en salud
¿Cómo está compuesta la CRES?
-El ministro de la protección social quien la presidía.
 El ministro de hacienda y crédito público quien, excepcionalmente podía  -delegar sólo en alguno de sus Viceministros.
-Cinco comisionados expertos, designados por el presidente de la república, de ternas enviadas por diferentes entidades como:
-La Asociación Colombiana de Universidades
-Centros de Investigación en Salud
-Centros de investigación en economía de la salud
-Asociaciones de profesionales de la salud
-Asociaciones de usuarios debidamente organizados

Mencione algunas de las funciones de la CRES
-Definir y modificar el plan obligatorio de salud (POS) que las entidades promotoras de salud (EPS) deben garantizar en el país, incluyendo los medicamentos esenciales que hacen parte de los planes de beneficios
-Definir la unidad de pago por capitación (prima que el sistema reconoce a las EPS para financiar el POS)para los regímenes contributivo y subsidiado en forma anual, incluyendo el valor por usuario de los subsidios parciales.
-Definir los criterios de cobro para los pagos establecidos con el fin de moderar el acceso a los servicios de salud.
-Definir el régimen aplicado por la EPS del régimen contributivo para el reconocimiento y pago de incapacidades por enfermedad general y maternidad.
-Establecer y actualizar anualmente un sistema unificado de tarifas, incluyendo los honorarios de los profesionales de la salud.

2.  FINANCIAMIENTO:

Según el art 10 de la presente ley ¿cómo quedara distribuida la cotización en el régimen contributivo y para donde se trasladada ese aporte?

La cotización al Régimen Contributivo de Salud será, a partir del primero (1°) de enero del año 2007, del 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual no podrá ser inferior al salario mínimo. La cotización a cargo del empleador será del 8.5% y a cargo del empleado del 4%. Uno punto cinco (1,5) de la cotización
Serán trasladados a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado.

Según el art 11 de la presente resolución explique brevemente cuáles son los recursos del régimen subsidiado¨.
-Los recursos obtenidos como producto del monopolio de juegos de suerte y azar y los recursos transferidos por ETESA a las entidades territoriales, que no estén asignados por ley a pensiones, funcionamiento e investigación. Estos recursos se contabilizarán como esfuerzo propio territorial;
-Uno punto cinco de la cotización del régimen contributivo y de los regímenes especiales y de excepción;
-Los recursos que para tal efecto sean aportados por gremios, asociaciones y otras organizaciones
-Los rendimientos financieros que produzcan las diferentes fuentes que financian el régimen subsidiado
-El 15% de los recursos adicionales que a partir de 2007 reciban los municipios, distritos y departamentos como participación y transferencias por concepto de impuesto de rentas sobre la producción de las empresas de la industria petrolera causada en la zona de Cupiagua y Cusiana
-Los recursos que aporten los afiliados que tienen derecho a subsidio parcial y que quieran optar al subsidio pleno o al POS del régimen contributivo

3. ASEGURAMIENTO:

¿Quién ejecutara las actividades de Promoción y prevención y a través de quién?
Programa de Actividades Preventivas y de Promoción de la Salud (PAPPS)
Se ejecutan atraves de La Dirección de Salud y Asistencia Social  que trabaja en la promoción, protección y prevención de la salud a través de acciones educativas y sociales, que permitan aplicar principios formativos para promover cambios positivos en la conducta y bienestar de la comunidad universitaria a fin de lograr una mejor calidad de vida.

¿Qué modifica esta ley con respecto al pago de copagos en el régimen subsidiado y los periodos de carencia?
Se beneficiarán con subsidio total o pleno en el Régimen Subsidiado, las personas pobres y vulnerables clasificadas en los niveles I y II del Sisbén o del instrumento que lo remplace, siempre y cuando no estén en el régimen contributivo o deban estar en él o en otros regímenes especiales y de excepción.
Conservarán los subsidios quienes a la vigencia de la presente ley cuenten con subsidios parciales y estén clasificados en los niveles I y II del Sisbén y las poblaciones especiales que el Gobierno Nacional defina como prioritarias.
Se promoverá la afiliación de las personas que pierdan la calidad de cotizantes o beneficiarios del régimen contributivo y que pertenezcan a los niveles I y II del Sisbén;
La ampliación de cobertura con subsidios parciales a nivel municipal se hará una vez se haya logrado una cobertura del 90% al régimen subsidiado de los niveles I y II del Sisbén y aplicará únicamente para personas clasificadas en el nivel III del Sisbén. Tendrán prioridad quienes hayan perdido su afiliación al régimen contributivo, de acuerdo con la reglamentación que establezca el Ministerio de la Protección Social;
No habrá copagos ni cuotas moderadoras para los afiliados del Régimen Subsidiado en Salud clasificados en el nivel I del Sisbén o el instrumento que lo remplace La afiliación inicial de la población de desplazados y desmovilizados cuyo financiamiento en su totalidad esté a cargo del Fosyga se hará a una Entidad Promotora de Salud de naturaleza pública del orden nacional, sin perjuicio de que preserve el derecho a la libre elección en el siguiente período de traslado. El Gobierno Nacional reglamentará la afiliación de esta población cuando en el respectivo municipio no exista dicha oferta
En aquellos casos de enfermedad de alto costo en los que se soliciten medicamentos no incluidos en el plan de beneficios del régimen contributivo, las EPS llevarán a consideración del Comité Técnico Científico dichos requerimientos. Si la EPS no estudia oportunamente tales solicitudes ni las tramita ante el respectivo Comité y se obliga a la prestación de los mismos mediante acción de tutela, los costos serán cubiertos por partes iguales entre las EPS y el Fosyga.

¿Cuál es el porcentaje obligatorio de contratación de las EPS- S con la red pública de prestadores de servicios de salud, y a que está sujeta contratación?
Las Entidades Promotoras de Salud del régimen subsidiado contratarán obligatoria y efectivamente un mínimo porcentual del gasto en salud con las Empresas Sociales del Estado debidamente habilitadas en el municipio de residencia del afiliado, siempre y cuando exista allí la correspondiente capacidad resolutiva. Dicho porcentaje será, como mínimo, el sesenta por ciento (60%). Lo anterior estará sujeto al cumplimiento de requisitos e indicadores de calidad y resultados, oferta disponible, indicadores de gestión y tarifas competitivas. Las Entidades Promotoras de Salud de naturaleza pública del Régimen Contributivo, deberán contratar como mínimo el 60% del gasto en salud con las ESE escindidas del ISS siempre y cuando exista capacidad resolutiva y se cumpla con indicadores de calidad y resultados, indicadores de gestión y tarifas competitivas.

Los independientes, contratistas de prestación de servicios, liquidarán sus aportes a salud máximo sobre qué porcentaje del valor mensual del contrato?
El porcentaje del 40%, del valor mensual

Según el art 21 de la movilidad entre el régimen contributivo y subsidiado. ¿Qué pasa con las personas que están en el régimen subsidiado cuando pasan al régimen contributivo y se quedan sin empleo?
Deben informar la circunstancia a la entidad territorial y a la EPS para que proceda a suspender su afiliación la cual se mantendrá por 1 año.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

¿A través de quién prestaran los servicios de salud las instituciones públicas y cómo será su presencia en cada municipio?
A través de  la empresa social del estado (ESE), teniendo en cuenta que en cada municipio debe de existir una de estas empresas como la es la (ESE)
¿Cómo y por cuánto tiempo se elegirán los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado?
Se eligen por un concurso de méritos que deberá realizarse entre 3 meses el cual será elegido cada 4 años y que podrá ser reelegido

SALUD PÚBLICA:

¿Dónde estará definido el Plan Nacional de Salud pública y por cuánto tiempo?
Está definido en el decreto 3039 de 2007 por un tiempo de 4 años

Enumere brevemente las acciones que debe incluir el PNSP. (No copiar todo el art 33 sintetícelo.)
Vacunación, salud sexual y reproductiva, salud mental con énfasis en violencia intrafamiliar, suicidio, drogadicción

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL.

Además de las funciones que tiene la Superintendencia Nacional de Salud en su art 40, esta ley le otorga unas funciones jurisdiccionales. Qué significa esta nueva función y en qué casos aplica. (Sintetice los casos).
Más responsabilidad por los procedimientos con fin de garantizar la electiva prestación de salud en los usuarios y el ejercicio del art 116 de la constitución política (SNS) podrá conocer y fallar en derecho con carácter definitivo propias de un juez.

¿Cuál es la figura que crea la ley 1122 qué depende de la Superintendencia Nacional de Salud y la defensoría del pueblo y cuál es su función principal?
Se crea la defensoría del pueblo, su función será la de ser vocero de los afiliados antes las respectivas (EPS)


                                                        




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