TALLER
2 "PRACTIQUEMOS COMO REALIZAR AFILIACIONES”
Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
“SENA”
REGÍONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNICO EN SERVICIO FARMACEUTICO
ID: 629362
COMPETENCIA EN SALUD OCUPACIONAL
apartado-Antioquia
Junio
2014
1. Defina
que es un IBC.
R//
Porción
del salario del trabajador dependiente o independiente que se toma como base
para aplicar el porcentaje de aporte respectivo al momento de realizar la
cotización al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
2. Que es salario integral y como se realizan
los aportes a la seguridad social bajo esta modalidad de salario? Que es un
trabajador independiente?
R// El salario integral es aquel que tiene incluido todas las
prestaciones económicas excepto las vacaciones, la seguridad social se aporta
sobre el 70% del salario integral y los aportes paga entre empleado y
empleador, y parafiscales y vacaciones están a cargo del empleador tiene que
ser igual o superior a 13 SMMLV
Que es un trabajador independiente?
Es aquel que depende de
sí mismo y no tiene vínculo laboral con ningún empleador y la seguridad social
está a cargo de sí mismo
3.
Como es la cotización de la contratación
no laboral (contratistas independientes)
R//
Los contratistas independientes, ellos realizan
sus aportes sobre el 40% del valor total de su contrato, se debe tomar: Valor
contrato/ No de meses de duración contrato x 40%, el valor que se obtiene como
resultado será el IBC para efectuar los aportes de seguridad social.
4. Describa
brevemente en qué consiste la afiliación colectiva? Realice un flujo grama de
un grupo familiar donde explique los requisitos para su afiliación al régimen
contributivo.
R//
Consiste
en el
ingreso a la Seguridad Social de los Trabajadores Independientes y su Grupo
Familiar. La Ley permite que los independientes con base en su capacidad económica,
coticen al sistema de Seguridad Social Integral, mínimo, desde un Salario Mínimo
en adelante (IBC).
5. Como se da la afiliación de miembros adicionales al grupo familiar. R// |
Se
da siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
-
Lo debe hacer el cotizante.
-
Deben depender económicamente. Se entiende que existe dependencia económica
cuando una persona recibe de otra los medios necesarios para su congrua
subsistencia.
-
Que sean menores de 12 años aunque no sean consanguíneos.
-
O a cualquier edad que tenga parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad
(hijos, nietos, bisnietos, padres, abuelos, bisabuelos, hermanos, tíos,
sobrinos)
-
Hijos mayores de 18 años y menores de 25 años que no estén estudiando.
-
Hijos mayores de 25 años.
6.
En qué casos se da la suspensión y
desafiliación al sistema, de un ejemplo de cada uno?
R//Desafiliación. La desafiliación al Sistema ocurre
en la entidad promotora de salud, EPS, a la cual se encuentra inscrito el
afiliado cotizante y su grupo familiar, en los siguientes casos:
-Transcurridos tres (3) meses
continuos de suspensión de la afiliación por causa del no pago de las
cotizaciones o del no pago de la UPC adicional, al Sistema General de Seguridad
Social en Salud
Ejemplo:
cuando un trabajador no paga la salud en 3 meses continuos es donde se da la
suspensión
-Cuando
el trabajador dependiente pierde tal calidad e informa oportunamente a la
entidad promotora de salud, EPS, a través del reporte de novedades, que no
tiene capacidad de pago para continuar afiliado al Régimen Contributivo como
independiente
Ejemplo:
cuando un trabajador no tiene como seguir pagando la salud entonces reporta la
novedad a la EPS por ende no puede seguir en el régimen contributivo
- Cuando el trabajador independiente pierde su
capacidad de pago e informa a la entidad promotora de salud, EPS, tal
situación, a través del reporte de novedades
- Para
los beneficiarios, cuando transcurran tres meses de suspensión y no se
entreguen los soportes de la afiliación requeridos por la entidad promotora de
salud, EPS, en los términos establecidos en el presente decreto;
-En
caso de fallecimiento del cotizante, también se producirá la desafiliación de
sus beneficiarios, por no haberse procedido por cualquier medio a reportar la
novedad a la entidad promotora de salud, EPS.
7.
Que son periodos de carencia?
R//
aquellos períodos mínimos de cotización al Sistema
General de Seguridad Social en Salud, que pueden ser exigidos por las Entidades
Promotoras de Salud para acceder a la prestación de algunos servicios de alto
costo incluidos dentro del POS. Durante ese período el individuo carece del
derecho a ser atendido por la Entidad Promotora a la cual se encuentra
afiliado.
8. Como se debe
solucionar las multiafiliaciones entre EPS?
R//
Toda persona
tiene derecho de tener solo una a filiación en salud, por tal motivo si usted
es trabajador dependiente, independiente con capacidad de pago, pensionado o
pertenece a un régimen especial absténgase de pertenecer el régimen subsidiado
de salud, ya que debe pertenecer al régimen contributivo.
Si usted
tiene plan de beneficios en el régimen subsidiado y por cualquier razón tiene
que pertenecer al régimen contributivo temporal o definitivamente deberá
notificar al Departamento Administrativo Distrital de Salud – DADIS, este
hecho, para que haga una suspensión temporal por el periodo en que vaya a estar
en el régimen contributivo no mayor a un año; o retiro definitivo cuando tenga
las siguientes condiciones:
Trabajador
dependiente indefinido, independiente con capacidad de pago, pensionado, cuando
pertenece a un régimen especial o tenga más de un año de estar suspendido por
tener empleos temporales; o en caso de que se vaya de la ciudad, o país
definitivamente
9.
Que sucede cuando una persona está en un régimen de excepción (especial), y
recibe ingresos sobre los cuales está obligado a una cotización a una EPS?
R//
Las personas que se encuentren ecepcionadas por ley para
pertenecer al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no podrán utilizar
simultáneamente los servicios del régimen de excepción y del sistema de
Seguridad Social en Salud como cotizantes o beneficiarios.
10.
Como se da la afiliación de las madres
comunitarias al sistema general de Seguridad social?
R//
Las madres
comunitarias como trabajadoras independientes, podrán optar por afiliar a su
grupo familiar al régimen contributivo, caso en el cual, deberá pagar por
concepto de cotización mensual el equivalente al 12% de dos salarios mínimos
mensuales legales vigentes.
En este
evento, solamente se trasladará de la subcuenta de solidaridad el valor
correspondiente a la unidad de pago por capitación del régimen subsidiado de la
madre comunitaria.
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